Olvidé renovar la matrícula mercantil de mi empresa por varios años, y ¿ahora?
Con bastante frecuencia, año tras año los empresarios olvidan renovar la matrícula mercantil de sus compañías ante la Cámara de Comercio. Pasando por alto que la renovación de la matrícula mercantil es una obligación legal, contemplada en el artículo 33 del Código de Comercio, el cual establece que la misma deberá ser renovada anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año.
Además de acarrear posibles multas, la no renovación de la matrícula mercantil de las empresas puede conllevar a las siguientes consecuencias:
- Si no se ha renovado la matrícula mercantil por tres años consecutivos, la misma será desactivada por la Cámara de Comercio. Sin embargo, el Representante Legal de la sociedad, simplemente deberá ir a la Cámara de Comercio para realizar la activación de la matrícula.
- Si la matrícula no se ha renovado por cinco años, conforme al artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, la compañía quedará disuelta y en estado de liquidación.
Si usted se encuentra en esta última situación, tiene dos opciones: